Despenalizan homicidio en legítima defensa
Tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, ya entró en vigor la reforma al artículo 57 del Código Penal del Estado de Coahuila, con lo que se despenaliza o no se criminaliza a la persona que pudiera causar la muerte de quien allane su domicilio, siempre y cuando sea en legítima defensa
La citada reforma se publicó el pasado 24 de enero del año en curso, entrando en vigor al día siguiente.
"Ahora ya especifica que: cause daño físico o la muerte dentro de tu negocio o dentro de tu hogar. Estas dos específicamente, ultimas especificaciones, les dan certeza jurídica a que si pierde la vida el agresor, la víctima no termina en la cárcel", señaló Juan Carlos Guerra López Negrete, diputado local.
Como se informó con oportunidad, la iniciativa de reforma fue presentada el año pasado por el mencionado legislador y aprobada en diciembre del año pasado.
Señaló que con dicha reforma se elimina una laguna legal que quedaba a interpretación y por lo que actualmente existen 10 casos en la entidad, que han tardado más de cinco años en solucionarse; debido a la impresión en la legislación.
Recordó que esta no es una ley que permita que se tome la justicia por nuestras propias manos, pues existen tres condicionantes que deben cumplirse, que habrá una investigación, habrá un juicio y se tendrá que defender.
"Y el Ministerio Público tendrá que probar, primero, que una persona entró con fines ilegales a tu negocio o a tu hogar; segundo, que la persona esta implícitamente agrediendo o amenazando tu vida o la de tus seres queridos y tercero, que la persona no esté tratando ya de huir", detalló Juan Carlos Guerra.