Saltillo

Respaldos fiscales a Región Carbonífera y Centro

Este decreto se apega a las disposiciones jurídicas en materia electoral

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EL SIGLO DE TORREÓN

El gobernador Miguel Riquelme, emitió un decreto en que se otorgan estímulos fiscales en contribuciones estatales al sector productivo de las regiones Centro-Desierto y Carbonífera, ante una eventual situación de emergencia por la suspensión de pagos decretada a la empresa Altos Hornos de México, S.A. de C.V., y que dicha circunstancia no signifique una afectación a su patrimonio.

Al tratarse de una situación especial de emergencia, este decreto se apega a las disposiciones jurídicas en materia electoral, por el procedimiento que se llevará a cabo en todo el estado.

En su Artículo 1 se estipula que este decreto tiene como objeto otorgar estímulos fiscales sobre el Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, Impuesto Sobre Enajenación de Vehículos de Motor, Derechos de Registro Público, Derechos de Control Vehicular y Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas que se causen en el ejercicio fiscal 2020.

El estímulo fiscal se otorgará a los contribuyentes, personas físicas o morales del sector privado ubicadas en la Región Centro-Desierto, así como a la Región Carbonífera del Estado, que tengan obligaciones fiscales pendientes de pago, consistente en un descuento del 100 por ciento de los recargos por la omisión del pago oportuno de las mismas correspondientes a los ejercicios fiscales 2019 y anteriores, y para aquellos que no tengan adeudos se ofrece el pago en parcialidades, en materia de las siguientes contribuciones:

a).- Impuesto Sobre Nóminas.

b).- Impuesto Sobre Hospedaje.

c).- Derechos de Control Vehicular de servicio particular.

d).- A los propietarios de vehículos de más de 10 años de fabricación al ejercicio fiscal en curso.

e).- Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos de Control Vehicular de los ejercicios 2016 y anteriores.

De la misma manera, dicta que para tener derecho al estímulo establecido en el artículo anterior, los contribuyentes podrán cubrir el monto total de la contribución adeudada y demás accesorios en forma completa y en una sola exhibición; o bien cubrir el 20 por ciento de la contribución adeudada y demás accesorios legales y solicitar la autorización de pago hasta por 12 parcialidades del saldo insoluto.

Los contribuyentes que se acojan a la opción, señala en el último supuesto previsto en el párrafo que antecede, no causarán recargos por financiamiento durante el plazo de la autorización del pago en parcialidades.

Escrito en: Impuesto, Sobre, Derechos, fiscales

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