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Elecciones 2018

INE ordena al PAN suspender entrega de papel con propaganda

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido Acción Nacional (PAN) que en un plazo no mayor a 24 horas, a partir de la notificación, suspenda la entrega de papel para envolver tortillas.

En sesión urgente que realizó este domingo, aplicó las medidas cautelares debido a que dicho papel contiene las frases: "IBU ¿cómo te caerían mil 500 pesos mensuales?", "El cambio es Anaya Presidente" y que se acompañan de la palabra "Vota" sobre los emblemas del PAN, Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano.

Con el voto unánime de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Benito Nacif, la comisión concedió las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), al señalar que si bien la envoltura de tortillas cumple como "artículo promocional utilitario", no satisface el requisito de ser elaborado con componentes textiles.

Se precisó que la ley electoral prohíbe a partidos políticos y a candidatos la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique proporcionar un bien o servicio.

"Ya sea por sí o por interpósita persona, por lo que continuar con estas acciones podría incidir en la libertad de los electores para elegir a sus autoridades el próximo 1 de julio del año en curso", abundó.

La Comisión vinculó a la empresa Ecosistema Creativo, a efecto de que, de manera inmediata, cese la impresión y, en su caso, la entrega del papel para envolver tortillas, así como informar a las tortillerías involucradas que no deben usarlo.

En la misma sesión, la Comisión de Quejas y Denuncias concedió –por unanimidad- la medida cautelar solicitada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y ordenó al PAN la sustitución, en un plazo no mayor a seis horas a partir de la notificación formal, del spot de televisión "Cabeza de Vaca senador vota", por aparentemente omitir los requisitos mínimos que deben cumplirse para difundir la imagen de un menor de edad en dicho promocional.

En otro punto del Orden del Día, la Comisión concedió la medida cautelar solicitada por el PAN y ordenó al Partido del Trabajo (PT) sustituir –en un plazo no mayor a tres horas a partir de su notificación- el promocional de televisión "Cierre de Campaña 2018", derivado de la aparición de tres menores de edad, ya que no se cuenta con los permisos de los padres o tutores y la opinión libre e informada de uno de los menores, como se establece en la Jurisprudencia 5/2017 del TEPJF, aún y cuando se utilice la palabra crestomatía.

También la Comisión declaró la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el PAN en contra del PRI y de César Alejandro Domínguez Domínguez, candidato a la presidencia municipal de Chihuahua, derivado de la difusión del promocional "CHIH L. YO VOY POR ALEX", que a juicio del quejoso contiene supuestos elementos calumniosos en perjuicio de María Eugenia Campos Galván, aspirante al mismo cargo de elección popular de la coalición Por Chihuahua al Frente.

Así como por el posible uso indebido de la pauta por la aparición de menores de edad, y por considerar que el spot denunciado viola los derechos de las personas con discapacidad auditiva, ya que no coinciden el audio y subtítulos en una parte de su contenido.

La Comisión también avaló la improcedencia de la medida cautelar solicitada por el PVEM contra los institutos políticos que integran la coalición Por Veracruz al Frente, derivado de la difusión de un promocional "Carreteras Yunes PAN" (televisión) y "Yunes Carreteras Radio" (radio), en los cuales presuntamente se difunden logros de gobierno, atribuibles a su candidato a gobernador, Miguel Ángel Yunes Márquez.

De igual forma, declaró –por unanimidad- la improcedencia de la medida cautelar formulada por el PAN por la difusión de un video en Facebook y YouTube denominado "¡El video que Ricardo Anaya no quiere que veas! Podría ir a la cárcel" y "Abogado prueba que Anaya lavó dinero, podría ir a la cárcel", cuyo contenido, a juicio del quejoso, contiene presuntos elementos que calumnian a Ricardo Anaya Cortés, candidato a la Presidencia de la República de la coalición Por México al Frente.

Con el voto a favor de Adriana Favela y Benito Nacif, la Comisión resolvió la improcedencia de la adopción de medida cautelar solicitada por Morena contra el PAN, por el presunto uso indebido de la pauta derivado de la difusión del spot "Apoyo a Vila Gobernador Vota Radio", por contener presuntas expresiones que calumnian a Joaquín Díaz Mena, candidato a la gubernatura de Yucatán de la coalición Juntos Haremos Historia, además de descontextualizar una entrevista que se le realizó en diciembre de 2017.

Escrito en: INE PAN ELECCIONES 2018 Propaganda Comisión, medida, cautelar, solicitada

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