Ley de Declaración de Ausencia protegerá derechos de desaparecidos y su familia
Ariana García Bosque, representante legal de la asociación civil Familias Unidas en la Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas de Piedras Negras, dio a conocer que con la adecuación a la Ley de Declaración de Ausencia de Personas Desaparecidas de Coahuila, se protegerán los derechos de las víctimas de desaparición y la de sus familias.
"Una de las prerrogativas principales y diferencia que, inclusive llamó mucho la atención desde la emisión de la primera publicación y entrada en vigor de la primera Ley de Declaración de ausencia, es el hecho de la protección de los derechos de la persona ausente o desaparecida", señaló García Bosque.
La abogada refirió que una persona declarada como ausente o desaparecida no puede ser llamado por la justicia por lo que no puede seguirse un procedimiento en contra, haciendo referencia a casos como: una demanda familiar de divorcio, de perdida de patria potestad o inclusive de custodia.
Es decir, mientras una persona esté en calidad de ausente o desaparecida, no puede ser sujeto de acciones jurídicas en su contra.
En el caso de los familiares de una persona declarada ausente o desaparecida, la abogada refirió que podrán acceder a derechos como una pensión de viudez, pensión de orfandad o inclusive pensiones por enfermedades permanentes, ante instancias de salud como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
"Equiparando la desaparición de persona de persona a la muerte, sin embargo, no quiere decir, que se declare como muerto, sino únicamente se equiparan las prerrogativas o los derechos de estas personas", dijo García Bosque.