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Podrían ampararse médicos contra el IMSS

Para no trabajar en situación de riesgo por salud

Podrían ampararse médicos contra el IMSS

Podrían ampararse médicos contra el IMSS

SERGIO RODRÍGUEZ

Podrían ampararse más doctores para no trabajar en hospitales y dependencias de gobierno en la contención contra el COVID-19, sostuvo el doctor en Derecho Penal, César García Diosdado.

El abogado lagunero radicado en Monclova, explicó que en el juicio de amparo la suspensión consiste, por regla general, en ordenar a la autoridad responsable que mantenga las cosas en el estado que guarden al momento de promoverse el juicio de garantías, a fin de mantener viva la materia de dicho proceso.

Expuso que dos tipos: La de oficio, que fue establecida contra actos que considera reprobables como la pena de muerte, los azotes, etc. y se concede “de oficio y de plano”, es decir, no es necesario que se pida, sino que el juez advierte alguno de esos actos de inmediato ordena su suspensión ni es necesario formar cuadernos diversos al expediente, como así sucede con la suspensión a petición de parte.

La otra es por petición de parte: es una posibilidad que se da al quejoso de solicitarla, para lo cual además debe reunir una serie de requisitos; en esta se conciben 2 momentos: el primero es cuando el Juez admite de la demanda y concede una suspensión provisional, y el segundo es cuando se lleva a cabo una audiencia, en la que se da oportunidad a la autoridad responsable señalar la existencia del acto.

Esta audiencia culmina con el dictado de una sentencia interlocutoria en que la se otorgará o negará la suspensión. Si se otorga, se llama “suspensión definitiva”.

En el primer caso, indicó, el de suspensión de oficio, es la que se concede sin necesidad de ser solicitada por el peticionario de garantías, y procede en los casos previstos en el artículo 126 de la Ley de Amparo, como poner en peligro la vida.

Los médicos de edad adulta avanzada o con enfermedades degenerativas como diabetes e hipertensión no pueden trabajar en situaciones de riesgo a contagio a COVID-19 por ser más vulnerables a la enfermedad como así lo marca la Secretaría de Salud a través de las normas que estableció para preservar la salud de este tipo de personas, sostuvo.

Agregó que los doctores, enfermeros y camilleros que estén en la misma situación no podrán ser obligados a trabajar, y deberán permanecer, como lo estipuló la Secretaría de Salud, en sus casas, resguardados, y sin verse afectados en su situación salarial y laboral, dijo García Diosdado.

Expuso que ya hay un caso con sentencia “de plano” en Acuña, y que cualquier médico con enfermedades de riesgo tienen el mismo derecho a pedir la protección federal a través del amparo.

Escrito en: amparos coronavirus covid-19 médicos IMSS suspensión, concede, Podrían, juicio

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