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Piden verificar que funerarias cumplan con planes contratados

Se calcula que en México solo el 4% de la población cuenta con un plan funerario

Piden verificar que funerarias cumplan con planes contratados

Piden verificar que funerarias cumplan con planes contratados

FABIOLA P. CANEDO

Se calcula que en México solo el 4% de la población cuenta con un plan funerario. La estimación para el 2050 del Inegi es que el 55% de la población tendrá más de 59 años, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) considera importante tener una cultura de previsión funeraria para evitar riesgos al patrimonio personal o familiar cuando se enfrentan de manera inesperada, dado que estos gastos funerarios pueden llegar hasta los 40 mil pesos.

En el 2020, los principales motivos de reclamación en los servicios funerarios fueron la negativa a proporcionar el producto o servicio, negativa a la rescisión del contrato y negativa a realizar reembolsos. La Profeco indica que, si un prestador de estos servicios incumplió con los términos ofrecidos, el consumidor debe hacer valer sus derechos.

De acuerdo con la NOM-036-SCFI-2016, la cual regula los requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios, cuando se incluya la venta de derechos de uso de lotes o fosas, nichos, osarios o gavetas en cementerios concesionados o lugares autorizados, deberán especificar: datos de localización anexando, al prestar el servicio, el plano de ubicación correspondiente, el cual debe estar firmado y sellado por el concesionario autorizado; vigencia de los derechos de uso de lotes o fosas de cementerio o panteón; lugar y horarios donde se deben prestar los servicios contratados; descripción detallada de estos, así como el precio unitario o total a pagar.

Entre las obligaciones de los prestadores de servicios funerarios, están contar con instalaciones adecuadas para la prestación de los servicios ofrecidos; proporcionarte el catálogo de productos y servicios en la forma prevista por la NOM036-SCFI-2016; contar con vehículos adecuados para el traslado exclusivamente de cadáveres, autorizados de conformidad con las disposiciones aplicables; contar con las licencias, permisos, autorizaciones, avisos y demás documentación que establezca el orden jurídico nacional que regule las actividades que comprenden los servicios que ofrecen; abstenerse de condicionarte la prestación de servicios o venta de productos a la adquisición de paquetes; informarte detalladamente sobre las promociones y paquetes de servicios, así como sus términos y condiciones; respetar el precio ofrecido.

El consumidor tiene facultad de ceder o transferir los derechos sobre los servicios contratados, especificándose los procedimientos a seguir y, en su caso, los cargos que esto origine; de rescindir el contrato de adhesión dentro de los 5 días hábiles siguientes a su firma, sin la disminución de los pagos realizados, así como el compromiso del proveedor de devolver íntegramente dichas cantidades en un plazo no mayor a los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificada por escrito dicha cancelación.

En caso de incumplimiento, se puede presentar una queja por escrito en las Oficinas de la Profeco, en el Teléfono del Consumidor o por correo electrónico a [email protected].

Algunas recomendaciones son: confirma se trate de una empresa formalmente establecida a través de su registro en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); consulta en el portal de Profeco su desempeño; compara costos con otras empresas; pregunta sobre beneficios adicionales incluidos; verifica cuenten con instalaciones adecuadas; revisa las condiciones del contrato a fin de evitar cargos extras al momento de hacer efectivo el servicio.

Escrito en: Funerarias servicios, negativa, derechos, contrato

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