Saltillo

Develan excesivas prácticas en penales

DETECTAN ANOMALíAS EN AISLAMIENTOS

Develan excesivas prácticas en penales

Develan excesivas prácticas en penales

PERLA SÁNCHEZ

Luego de que se efectuara un Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP), fue detectado que Coahuila y otros estados cuentan con prácticas de aislamiento que son excesivas, las cuales duran hasta 30 días, cuando la máxima debería ser 15 días.

En el estudio, el cual efectúa la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se observó en los 130 centros estatales penitenciarios varoniles, mixtos y de mujeres, así como en los 20 centros federales que existe una problemática importante en torno a la sobrepoblación, hacinamiento y aislamiento, no reflejándose cambios significativos entre los años 2013 y 2014.

En 85 de los centros penitenciarios, se observó que durante el cumplimiento de la corrección disciplinaria el trato a los internos no se apega a condiciones de vida digna; se suspende la visita, así como cualquier tipo de comunicación, sin notificación a los familiares, de la corrección disciplinaria impuesta.

En el caso de Coahuila, se tiene que estas prácticas son definidas dentro del reglamento interno de los centro, no obstante por lo que corresponde a la Ley de Ejecución de Penas, para el estado no se prevé ningún tiempo determinado.

Sólo 13 estados contemplan un periodo por cerca de 30 días y solo Colima se excede a 60 días.

Además para Coahuila se señala que la medida es utilizada en los casos disciplinarios y no propiamente de protección de algún interno.

Cabe destacar que sólo el estado de México, Hidalgo, Tabasco, Tamaulipas y Morelos tiene un período de 5 días, Chiapas de 14 y Nuevo León de 15.

Por lo que corresponde a Durango, Aguascalientes, Nayarit, Querétaro y Sinaloa, si bien establecen la sanción como medida disciplinaria, no prevén su temporalidad.

La CNDH considera que en los centros de reclusión del país la práctica del aislamiento es utilizada de manera excesiva en su duración, lo que puede ocasionar severos daños a la integridad física y psicológica.

El aislamiento se ha aplicado como sanción, como medida de protección y como internamiento cotidiano muchas veces de manera excesiva.

En el documento se establece que las reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos señalan que queda prohibido el aislamiento prolongado, es decir períodos superiores a los 15 días consecutivos.

Ante esto la CNDH lanza la recomendación 22/2015, en donde sugiere la homologación de los tiempos con una duración máxima de 15 días.

Además se recomienda se implementen acciones en los Centros Penitenciarios para regular el aislamiento como internamiento cotidiano, cuando se trate de delincuencia organizada.

Escrito en: CNDH CERESO CÁRCELES COAHUILA CERESOS DE COAHUILA aislamiento, centros, medida, prácticas

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