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Amparan a Lydia Cacho contra careos de judiciales que la torturaron

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EL UNIVERSAL

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para revisar un amparo promovido por la periodista Lydia Cacho en contra de una orden judicial de que se tenga que carear con policías ministeriales de Puebla que la privaron de su libertad luego de que denunciara la existencia de redes de pornografía infantil que operaban en Puebla.

A propuesta del ministro José Ramón Cossío, la Primera Sala del Alto Tribunal resolvió que el caso es de interés y trascendencia por que el fondo del juicio de amparo está vinculado con las medidas de protección que se le deben otorgar a una víctima de tortura, en este caso Lydia Cacho, para prevenir una afectación emocional o psicológica durante un careo con los inculpados de cometer el delito.

El expediente del caso establece que tras denunciar una red de prostitución y pornografía infantil en el año 2005, fue detenida y trasladada del estado de Quintana Roo a Puebla, gobernada entonces por el priista Mario Marin y uno de los acusados de participar en dicha red de prostitución.

Durante el traslado, Lydia Cacho fue torturada por los policías judiciales, por lo que presentó una denuncia penal por estos hechos, de la cual se desprendió una orden de aprehensión y de captura en contra de los presuntos responsables.

Una vez detenido uno de los inculpados, el juez de Distrito ordenó el desahogo de los careos constitucionales ofrecidos por la defensa del acusado, los cuales pretendía efectuar a través de videoconferencia entre el procesado y Cacho Ribeiro.

Sin embargo, la autora del libro “Los Demonios del Edén” promovió amparo en su calidad de víctima, el cual le fue concedido por el juez federal, para el efecto de que se establecieran medidas de protección a su favor, pero sin que se fijarán los lineamientos mínimos a la autoridad responsable para garantizar que la víctima sufriera una afectación a su salud física y emocional, incluyendo la posibilidad de prescindir totalmente de dicha diligencia.

Con este juicio de amparo, se podrían establecer criterios para que los juzgadores en procesos penales investiguen la comisión de actos de tortura y malos tratos a fin de resguardar y garantizar los derechos de las víctimas, incluyendo la temporalidad de las medidas que se deben adoptar.

Además, la Corte se deberá pronunciar sobre si basta evitar el contacto físico y visual entre los presuntos agresores y las víctimas para cumplir con la obligación de proteger a estas últimas y si derivado de los estudios médicos y psicológicos que se realicen a las víctimas, se pueden cancelar careos para evitar la afectación de las mismas.

Escrito en: lydia cacho Lydia, Cacho, caso, afectación

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