Torreón

Por asignar, nueve diputaciones plurinominales en Coahuila

Se determinarán este domingo 11 de junio, con lo que indique el IEC

El organismo electoral es el único encargado de marcar la directriz con base en la legislación vigente.

El organismo electoral es el único encargado de marcar la directriz con base en la legislación vigente.

ma. elena holguín

Será hasta este domingo 11 de junio cuando el Instituto Electoral de Coahuila (IEC) determinará la asignación de las nueve diputaciones de representación proporcional o plurinominales que forman parte del Congreso Local.

Aunque se han difundido algunos supuestos análisis sobre cómo quedarían repartidas dichas curules, el organismo electoral es el único encargado de marcar la directriz con base en la legislación vigente, en este caso el Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que en su Artículo 18 establece que las diputaciones plurinominales deben distribuirse con base en las fórmulas de porcentaje específico, cociente natural y resto mayor.

El procedimiento de porcentaje específico en la circunscripción electoral se aplica en una primera ronda, asignando una diputación a todo aquel partido político que haya obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida.

A DETALLE

Aclara el CEECZ que una votación válida emitida es la que resulte de deducir la suma de todos los votos depositados en las urnas, los votos nulos y los correspondientes a las candidaturas registradas.

Si después de realizada la asignación a que se refiere el inciso anterior restan diputaciones por asignar, se empleará el procedimiento de cociente natural, para lo cual se procederá a obtener la votación relativa, que será la suma total de las votaciones obtenidas por los partidos políticos con derecho a diputaciones de representación proporcional, una vez descontada la votación utilizada en el procedimiento anterior, la que a su vez se dividirá entre el número de diputaciones pendientes por asignar para obtener el cociente natural.

Realizado lo anterior, se asignarán tantas curules como número de veces contenga su votación restante al cociente natural.

Para tal efecto, en primer término, se le asignarán diputaciones al partido que obtenga el mayor índice de votación y después, en forma descendente, a los demás partidos políticos con derecho a ello. Si después de aplicar el cociente natural restan curules por repartir, éstas se asignarán aplicando la fórmula de resto mayor, en orden decreciente, según los votos que resten a cada partido político.

Al respecto, en la legislación se destaca que el resto mayor es el remanente de votación más alto de cada partido político después de deducir la que utilizó para la asignación de diputaciones a que se refieren todas las fracciones anteriores.

Cada partido debió registrar una lista con nueve fórmulas de candidaturas, en orden de prelación y ningún partido político podrá contar con más de 16 diputaciones por ambos principios, señala el Código Electoral.

El número máximo de diputaciones por ambos principios que puede alcanzar cualquier partido político deberá corresponder a su porcentaje de votación respecto de la votación total emitida, más el ocho por ciento

Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos, obtenga un porcentaje de diputaciones superior a la suma del porcentaje de su votación estatal emitida más el ocho por ciento. Asimismo, en la integración de la legislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales. Esta fórmula se aplicará una vez que le sea asignada una diputación de representación proporcional a los partidos políticos que lo hayan obtenido en la ronda de porcentaje específico de conformidad con este Código Electoral.

Escrito en: toma de posesión Coahuila diputados Coahuila congreso coahuila elecciones Coahuila diputaciones, votación, partido, porcentaje

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